Aerolíneas

¿Qué otros gastos pueden surgir al reclamar?

Tramitar una reclamación por tu propia cuenta conlleva tener que hacer frente a una serie de gastos adicionales. Burofaxes, fotocopias, envíos de documentación, o las minutas de notario y procurador, son solo algunos de los ejemplos.

En accionlegal.es intentamos reducir esos gastos al mínimo, de manera que recibas la mayor cantidad de dinero posible.

En este artículo queremos informarte acerca de las costas inherentes a tu reclamación.

Nosotros asumimos todos los gastos

Nuestra filosofía es simple: al cliente nunca le cuesta dinero interponer reclamación con nosotros. Adelantamos todos los gastos que pueda haber a lo largo del proceso y solo si conseguimos una indemnización para ti, los cobramos. Sucede lo mismo que con nuestros honorarios.

Hay que distinguir dos momentos:

Si conseguimos tu indemnización al negociar con la aerolínea, en lo que conocemos como vía prejudicial, solo cobramos nuestro porcentaje, un 15%, sin repercutir ningún otro gasto.

Por el contrario, si es necesario llevar tu caso a los tribunales, y únicamente cuando consigamos tu compensación, cobramos una cantidad fija (10 euros más IVA) en concepto de gastos administrativos (comunicaciones, envíos, copias, etc.).

Notario y procurador

La intervención de estos profesionales, como norma general, depende enteramente de ti.

Cuando se inicia el proceso judicial y decides no comparecer personalmente, es necesario que te represente un procurador. Para ello, será preceptivo que le otorgues el correspondiente poder, lo cual podrá realizarse de dos formas: a través de un notario (que cobrará sus honorarios), o apud acta (sin gastos adicionales, y siendo necesario que acudas previamente al Juzgado a otorgarlo).

Desde accionlegal.es te guiaremos llegado el momento para hacer este trámite lo más sencillo posible. Además, si fuese necesaria la intervención de notario y/o procurador, adelantaríamos sus honorarios y los deduciríamos de la indemnización conseguida. Nuevamente si no tuviésemos éxito con la reclamación, no repercutiríamos ninguno de estos gastos.

Impuesto de Valor Añadido

Como prestadores de un servicio en España, estamos obligados a emitir la correspondiente factura cobrando el 21% de IVA en todos nuestros productos.

En resumen…

Nuestro principal objetivo es hacer que cobres la mayor cantidad de dinero de la forma más sencilla posible.

Si no tenemos éxito tramitando tu reclamación no te cobramos absolutamente nada.

Si por el contrario recibes tu compensación:

En caso de acuerdo amistoso con la compañía:

Si llegamos a un acuerdo con la compañía, no será necesaria la demanda judicial.

Nuestros honorarios son:

15% de la indemnización conseguida (más IVA).

Si no es posible llegar a un acuerdo con la compañía:

En este caso interponemos una demanda en el juzgado.

Descontaremos de la indemnización:

15% de la indemnización conseguida (más IVA)

+ 10   de gastos administrativos (más IVA)

+ Gastos de notario y/o procurador (si fueran necesarios).

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