Aerolíneas
Reclamar a una compañía aérea
Tramitar una reclamación contra una aerolínea puede resultar más complejo de lo que parece.
Además de conocer la legislación vigente, has de tener en cuenta que se trata de un procedimiento extremadamente lento. La mayoría de las aerolíneas demoran sus respuestas lo máximo posible, y cuando finalmente contestan, lo hacen para argumentar que no van a pagar ningún tipo de compensación. Paciencia y perseverancia son fundamentales.
En accionlegal.es queremos enseñarte con este artículo cuál es el procedimiento para reclamar a las compañías aéreas:
Es importante que no te desprendas de ninguno de los documentos relativos al vuelo en el que has sufrido la incidencia, puesto que servirán para acreditar tu condición de pasajero y que por lo tanto tienes los derechos que otorga la normativa internacional.
Los documentos necesarios para que tu reclamación prospere varían en función del motivo por el que estés reclamando. Por lo general bastará con la tarjeta de embarque, si bien lo ideal es que cuentes también con un certificado emitido por la compañía, o por AENA, donde se deje constancia de la incidencia (hora de llegada del vuelo, motivo de la cancelación, etc.). Asimismo, si quieres reclamar otros gastos, deberás conservar los consiguientes recibos o facturas.
No olvides consultar el siguiente artículo si quieres conocer con más detalle la documentación necesaria para cada una de las reclamaciones:
La normativa europea prevé una serie de situaciones en las que los pasajeros pueden reclamar. Es un paso tan importante como el primero: de nada servirá tener toda la documentación si la incidencia de tu vuelo no es reclamable y viceversa; si el vuelo se puede reclamar y no tienes la documentación tampoco tendrás éxito en tu reclamación.
En los siguientes enlaces te dejamos la legislación básica para tramitar una reclamación por las incidencias ocurridas en un vuelo:
- Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) nº 295/91.
- Convenio de Montreal, de 28 de mayo de 1999, para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional.
Cada una de las compañías tienen sus propios mecanismos para recibir las reclamaciones de los pasajeros.
Siempre será posible interponerla en el mismo aeropuerto. Algunas cuentan también con formularios en sus páginas web, mientras que otras aportarán una dirección postal. Sea como fuere, es necesario que se realice por escrito y esperar la respuesta.
El tiempo de espera varía enormemente en función de la compañía aérea. Algunas responden al siguiente día hábil tras haber recibido la reclamación, otras aerolíneas lo hacen a los 20 días o al mes, mientras que otras ni siquiera contestan.
En cualquier caso, lo que sí suele ser común es la respuesta. En la mayoría de los casos la compañía no aceptará tu reclamación y alegará las conocidas circunstancias extraordinarias, esto es, se disculparán por los inconvenientes sufridos, pero rechazarán cualquier tipo de pago a los clientes.
Este quinto paso es opcional. En caso de que la aerolínea se niegue a pagar la compensación que solicitas, puedes formular una reclamación ante AESA.
Se trata del organismo competente para verificar que las aerolíneas respetan la legislación europea vigente. Contrastarán la información acerca de lo sucedido y elaborarán un informe explicando si se han vulnerado o no tus derechos como pasajero. Debes saber que este informe no tiene carácter vinculante para la aerolínea, de manera que la compañía aérea no tiene porqué acatarlo.
En cualquier caso, si es un informe favorable, suele ser muy útil de cara a la única vía restante.
Para ello tendrás que:
- Preparar tu escrito de demanda.
- Presentarlo ante el juzgado competente.
- Solucionar, en su caso, las diferentes cuestiones que puedan remitirte desde el juzgado.
- Esperar a recibir el escrito de contestación a la demanda, y la citación para el juicio.
- Llegado el momento, acudir al juicio y esperar la sentencia.
Si tienes éxito la aerolínea estará obligada a pagarte, y si no lo hiciera, debes comenzar con el procedimiento ejecutivo de la sentencia, interponiendo nuevamente los consiguientes escritos ante el juzgado. Si por el contrario el juez desestimara tu demanda, podrías ser condenado incluso a pagar las costas del proceso.
No debería ser así, pero reclamar ante cualquier compañía aérea puede convertirse en toda una odisea. Desde accionlegal.es te recomendamos que no desistas. Conseguir la indemnización que pretendes por tu propia cuenta no es imposible, pero has de tener en cuenta todo los que hemos expresado en este artículo.
Si por el contrario decides que alguien se encargue de tu caso, estaremos encantados de poder ayudarte. Nuestro grupo de abogados especialistas trabajan duro para hacer que interponer una reclamación sea un trámite rápido, sencillo y gratuito. Recuerda que si finalmente perdemos tu reclamación no te cobraremos absolutamente nada, así que pase lo que pase, no pierdes ni tiempo ni dinero.
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